Cómo las Víctimas Directas e Indirectas Pueden Solicitar Una U Visa

Si usted no es ciudadano de los Estados Unidos y ha sido calificado como víctima del crimen, usted puede tener la oportunidad de quedarse aquí para ayudar a la policía a investigar la ofensa. Esto aplica aún si usted ha estado viviendo en los EE.UU. ilegalmente.

Una vez que el USCIS (Los Servicios de Inmigración y Ciudadanía ) lo aprueba como víctima, la Visa U le dará la a usted y a su familia directa la capacidad de vivir y trabajar aquí. Después de tres años, usted puede hacer la solicitud de una green card y la residencia permanente. Es muy recomendable que usted trabaje en conjunto con un abogado de inmigración durante este proceso.

Qué Debe Tener en Cuenta con Relación a la Visa U

  • Usted puede ser capaz de obtener una Visa U, aún si usted se encontraba viviendo como indocumentado en los EE.UU.
  • El Departamento de Seguridad Nacional define a los tenedores de una Visa U bien sea como víctimas directas o indirectas del crimen.
  • Para calificar para el Estatus U, usted debe estar dispuesto a colaborar en la investigación del crimen por el cual usted se vio afectado.
  • En algunos casos, el trabajar de la mano con un abogado de inmigración será vital para el éxito en el logro de sus objetivos.

Víctimas Directas para la Visa U

Usted puede ser elegible como una víctima directa para la Visa U si usted ha experimentado de forma directa o daño “próximo” debido a ciertas actividades criminales. Daño próximo por lo general significa que las acciones del perpetrador contribuyeron significativamente a causar daño a la víctima (la violencia doméstica, por ejemplo).

Nótese que el daño físico no necesariamente debe llevarse a cabo para que alguien pueda calificar como una víctima directa. La insinuación a la prostitución, la conspiración o los intentos de cometer un crimen también contarán como calificativos para una actividad criminal para la Visa U. El crimen debe haber violado la ley de los EE.UU. y debió ocurrir en los Estados Unidos.

Víctimas Indirectas para la Visa U

En algunos casos, los miembros de la familia pueden introducir la solicitud como víctimas indirectas de una con el fin de obtener una Visa U, cuando la víctima principal de un crimen murió debido al homicidio o asesinato o es incapaz de asistir en la investigación criminal de un crimen debido a una incapacitación o incompetencia. Una víctima indirecta debe aún demostrar que ella es elegible par el estatus de la Visa U, lo que significa que la persona debe estar dispuesta a ayudar con la investigación, o ya debe estar cooperando o ha ayudado en el pasado.

Además, también deben demostrar que han sufrido daño significativo debido a el crimen y que son o bien admisibles en los Estados Unidos o que son elegibles para recibir una exención. Por ejemplo, si el hijo o hija de un no ciudadano fue asesinado, la madre pudo haber sido traumatizada por la pérdida y pudo sufrir daño emocional significativo como resultado. Si ella ayudó a las fuerzas policiales con la investigación, ofreciendo información acerca de su hija (la víctima) y con relación a los eventos que fueron relevantes para el crimen, ella (la madre) califica como una víctima indirecta.

¿Cómo la Edad Juega un Papel In el Estatus de “Víctima Indirecta”?

El USCIS considerará la edad de la víctima cuando el crimen tuvo lugar para determinar si alguien califica o no como una víctima indirecta. Para las víctimas del crimen quienes tienen al menos de 21 años de edad, sus hijos (quienes son menores de 21 años) y su esposa(o) pueden contar como víctimas indirectas.

Para las víctimas de crímenes quienes son menores de 21 años, sus hermanos hermanas y hermanos solteros (menores de 18 años) pueden contar como víctimas indirectas. El USCIS esencialmente cuenta a los menores como personas “incapacitadas”, lo que significa que los miembros de su familia por lo general contarán como víctimas indirectas del crimen. Sin importar el caso, los no ciudadanos deben demostrar que cumplen con los requisitos de elegibilidad para el Estatus U o de la Visa U.

¿Cómo le Puede Ayudar el Trabajar con un Abogado?

Si usted ha pasado por algún proceso relacionado con la inmigración, usted probablemente ya sabe que dicho proceso puede ser estresante y una prueba que consume mucho tiempo. Involucra mucho papeleo que puede llegar a ser intimidante, especialmente si el inglés no es su idioma nativo. Y existen muchos factores que complican las cosas y que pueden demorar el proceso de inmigración o hacerlo más difícil y costoso.

Contar con un abogado experimentado de su lado puede hacer una gran diferencia en la paz mental que pueda requerir en esos momentos y colocar las posibilidades para un resultado a su favor. Su abogado de inmigración estará en la capacidad de explicarle la situación en una forma en que sea comprensible para usted y aconsejarle basado en su experiencia como abogado.

Preguntas Frecuentes Relacionadas con la Visa U

Aquí le presentamos preguntas comunes relacionadas con la inmigración a los Estados Unidos:

P: ¿A quién se le considera como un observador según las definiciones de la Visa U?

El USCIS puede permitir que los observadores puedan obtener un Estatus U como víctimas directas si ésta persona pasó por un daño severamente inusual después de haber sido testigo de un crimen. Un ejemplo de esto sería una mujer que pierde embarazo debido a haber sido testigo de un crimen que se llevó a cabo en su presencia.

P: ¿Cualquier tipo de crimen me hace elegible para el Estatus U?

No, existe listas específicas de crímenes que lo hacen elegible para una Visa U de acuerdo con las normas del USCIS. Sin embargo, las víctimas pueden generalmente lograr los beneficios después de haber estado involucrados de forma directa o indirecta con crímenes que involucran violencia. Algunos ejemplos de crímenes que califican son el asalto sexual, la violencia doméstica, el secuestro, el tráfico humano, asalto agravado y más.

P: ¿Debo ofrecer un registro de mis lesiones para demostrar que soy una víctima?

Sí, usted debe mostrar los registros médicos para demostrar que usted ha recibido tratamiento para el sufrimiento sicológico o físico causado por el crimen.

¿Puedo abandonar los Estados Unidos por motivo de viaje después de que he recibido mi Visa U?

Sí, usted tiene permitid viajar fuera del país pero debe tener su Visa U estampada en una Embajada o Consulado de los EE.UU en el país al cual usted viaja.
¿Qué Hacer si Usted Necesita Ayuda con la Visa U o con las Preguntas de Inmigración?

Si usted está estancado en el proceso de solicitud o simplemente tiene preguntas acerca de su Estatus U, el hablar con un abogado de inmigración le será inmensamente útil. El intentar pasar por este proceso por su cuenta incrementa el riesgo de que usted cometa un error en su solicitud.

Si a usted se le ha negado en anterioridad una visa o cuenta con ofensas criminales en sus registros, es aún más importante que busque asesoría legal antes de que usted proceda con su solicitud. Un abogado con experiencia ha trabajado y visto casos como el suyo en el pasado y sabrá qué camino a seguir para ofrecerle la mayor probabilidad de éxito para usted.

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